En vista de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la ley, declara CON LUGAR la rectificación de Partida de Nacimiento incoara por la ciudadana INES PORFIRIA LONGART, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 12 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los Artículos 501 del Código Civil y 773 del Código de Procedimiento Civil, así mismo previo los trámites de Ley se ordena al Director del Registro Civil del Municipio Maturín del Estado Monagas y al Ciudadano Registrador Principal del mismo estado, rectifique la PARTIDA DE NACIMIENTO perteneciente a la hija de la ciudadana INES PORFIRIA LONGART, la cual quedó asentada en el acta Nº 321, Folio 370, Libro Nº 3, del año 2.003 , de los libros de Nacimientos llevados por el Director del Registro Civil del Municipio Maturín.....