Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, y tomando en cuenta lo establecido en el artículo 602 y 603 del Código de Procedimiento Civil; PRIMERO: se declara CON LUGAR la OPOSICION a la medida decretada por este Juzgado en fecha cuatro (04) de Julio del dos mil diecinueve (2019) interpuesta por las ciudadana ITAMAR MARTURET y YAMILET FARIAS, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidades N° V-13.127.118 y V-16.373.096, en su carácter de Vicepresidenta y Analista de la ASOCIACION CIVIL SIN FINES DE LUCRO CLUB PALMA REAL; las mismas asistidas por la abogada SUSANNE DRESCHER REQUENA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 101.324; SEGUNDO: se deja sin efecto la MEDIDA INNOMINADA decretada por este Tribunal que fue decretada en fecha cuatro (04) .....