Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, y tomando en cuenta lo establecido en el artículo 767 del Código Civil, El 777, 778 y 780 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 77 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la presente acción de PARTICION Y LIQUIDACIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL incoada por el ciudadano JOSÉ AMADOR ALVAREZ LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.799.783, en contra de la ciudadana DESIREE ANDREA HERRERA GRIMALDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.904.743.