De la revisión de las actas que conforman el presente expediente se evidencia que la demanda fue presentada ante este Tribunal por el abogado ENRI ANTONIO CASTILLO en fecha 08 de diciembre 2005 y en esa misma fecha, fue admitida por este despacho como se evidencia del folio 70, acordando este Juzgado la citación del demandado haciéndole saber igualmente que para la practica de la citación de conformidad a la sentencia dictada por la sala de casación civil del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 06 de julio de 2004 la obligatoriedad de colocar a la disposición del ciudadano Alguacil de este Tribunal los medios y/o recursos necesarios para lograr la citación de la parte demandada que resida a mas de quinientos metros del Tribunal, lo que se enmarca en este caso, pues la parte demandada esta residenciada en la población de La Toscana, Municipio Piar del Estado Monagas, asimismo, se evidencia que el Alguacil de este Tribunal manifestó mediante diligencia de fecha 7 de Febrero de .....