Por las razones anteriormente consideradas, esta Sala de Juicio del Juzgado de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, actuando en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de DIVORCIO, establecida en el ordinal 2do y 3ro. Del artículo 185 del Código Civil, intentada por el ciudadano NELSO MORA VERGARA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 10.898.758, en contra de la ciudadana MARIELA DEL VALLE PEREZ DIAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.779.420, por lo que queda disuelto el vinculo matrimonial que los unió.
En lo que concierne al régimen de las niñas se acuerda lo siguiente: 1.- la Responsabilidad de Crianza siendo un concepto global de derechos y obligaciones de los progenitores para con sus hijas, ésta es ejercida por ambos, quedando en este caso la Custodia de sus hijas (CUYA IDENTIFICACIÓN SE OMITE DE CONFORMIDAD CON LO DISP.....