Por las razones anteriormente consideradas, esta Sala de Juicio del Juzgado de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, actuando en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de DIVORCIO, establecida en el ordinal 2ro. del artículo 185 del Código Civil, intentada por el ciudadano JOSÉ BELTRAN MALAVE TARIMUZA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 6.720.648, domiciliado en la Calle Pérez Serrano Nro. 5, cerca del mercado de Caripe Estado Monagas en contra de la ciudadana YANNACELY COROMOTO MARCANO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad 16.967.152.
En lo que concierne al régimen de la niña (CUYA IDENTIFICACIÓN SE OMITE DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 65 DE LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), se acuerda lo siguiente: 1) La Patria Potestad será compartida por ambos padres, 2) La responsabilidad de crianza .....