Por las razones anteriormente consideradas, esta Sala de Juicio del Juzgado de Protección de Niños y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, actuando en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de Obligación Alimentaria, intentada por la ciudadana ZOLERYS JOSEFINA RODRÍGUEZ RONDÓN, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y portadora de la Cédula de Identidad N° V- 13.581.608, en representación de sus hijos (Cuya identificación se omite de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 65 de Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente), venezolanos, estudiantes, de 09 y 06 años de edad, respectivamente, y de este domicilio, contra el ciudadano HILARIO ROCA JIMENEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y portador de la Cédula de Identidad N° V- 9.296.654, y para lo cual se establece la obligación alimentaria