REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. Maturín, 18 de Enero del Dos Mil Siete.
196º y 147º
Vista la anterior manifestación de SEPARACIÓN DE CUERPOS, presentada por los ciudadanos JAVIER JOSE MAZA CERMEÑO Y FRANCYS DEL VALLE RODRIGUEZ RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 10.950.046 y 12.153.025, respectivamente, asistidos por el Abogado en ejercicio y de este domicilio OSWALDO ALEJANDRO GAETANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 75.224, désele entrada, fórmese expediente, numérese y por no ser contraria a derecho se admite. En consecuencia, este Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando Justicia EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara dicha separación en la forma, términos y condiciones por ellos establecidas, de conformidad con lo establ.....