Por las razones anteriormente consideradas, esta Sala de Juicio del Juzgado de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la demanda de DIVORCIO, fundamentada en el ordinal tercero 3ro. del artículo 185 del Código Civil, intentada por el ciudadano YOMARIS DEL VALLE MOYA DE LÓPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 12.537.672, y en contra del ciudadano EFRAÍN LÓPEZ CABEZA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad 10.839.546 y de este domicilio.
El Tribunal hace la aclaratoria de que la declaración sin lugar de la demandada de divorcio, no exime al progenitor de cumplir con las obligaciones y deberes derivados de la Patria Potestad, y en especial la obligación de manutención.
Se acuerda consignar copia certifica de la presente sentencia en el cuaderno separado de medida.
Déjes.....