Por las razones anteriormente consideradas, esta Sala de Juicio del Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, actuando en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de DIVORCIO POR ABANDONO DEL HOGAR, establecida en el ordinal 2° del artículo 185 del Código Civil, intentada por la ciudadana YNES DEL VALLE MIRABETTY, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V- 8.372.706 y de este domicilio, contra del ciudadano JOSE BENAVIDEZ GIMON, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad No. V- 9.288.666 y de este domicilio. En consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial que existió entre los ciudadanos YNES DEL VALLE MIRABETTY y JOSE BENAVIDEZ GIMON.