Por los razonamientos expuestos, este Juzgado Primero de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando en sede Civil, DECLARA:
ÚNICO: INADMISIBLE LA SOLICITUD DE ENTREGA MATERIAL DEL INMUEBLE interpuesta por el ciudadano LUIS OCTAVIO RIVAS PINTO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.916.682, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 42.978 en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil GRUPO GOBAIN SERVICES, C.A Inscrita ante el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 17 de agosto de 2009, bajo el N° 25, Tomo 121-A, representación que se evidencia según Poder Autenticado ante la Notaria Pública Cuarta del Municipio Chacao del Estado Miranda, en fecha 21 de junio de 2013, bajo el N° 34, Tomo 256 de los .....