Por las razones que anteceden, este Juzgado Primero De Los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara Y Ezequiel Zamora De La Circunscripción Judicial Del Estado Monagas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY de conformidad con lo previsto en los artículos 188 y 189 del Código Civil y 12 y 762 del Código de Procedimiento Civil, declara CON LUGAR la Conversión de la Separación de Cuerpos en divorcio solicitada y en consecuencia de ello disuelto el vínculo conyugal que existe entre los ciudadanos CARLOS DEL VALLE MORENO e YLIMAR DE JESUS DIAZ CISNEROS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° v- 11.777.805 y 12.454.470 de este domicilio, cónyuges según consta de acta de matrimonio de fecha 20 de septiembre del año 2007, inserta en la carpeta N° 04 del año 2007, acta n° 55. ASI SE DECIDE.