DECISIÓN
Por las razones anteriores, este TRIBUNAL PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS MATURIN, AGUASAY, SANTA BARBARA Y EZEQUIEL ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR, la acción de COBRO DE BOLIVARES (VÍA INTIMACIÓN), fundamentada en el artículo 147 del Código de Comercio, interpuesta por la Abogada: MARIA SOLEDAD MARCANO PEREZ, Titular de la Cedula de Identidad N°: 11.343.215, e Inscrita en el inpreabogado bajo el N°: 76.039, en su condición de Apoderada Judicial de la Sociedad Mercantil ANSUSERCA SUMINISTROS Y SERVICIOS, C.A, en contra de la Empresa Mercantil, ELECTRONORTE, C.A, Inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en fecha 16 de Diciembre de 2008, anotada bajo el N°: 59, Tomo A-12 E-4, a través de su Presidente Ciudadano: RAFAEL EDUARDO GUZMA.....