Es por lo que este Juzgador de conformidad con lo establecido en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil HOMOLOGA el convenimiento de pago celebrado entre la abogada JOHANA POWEL, en su carácter de apoderada Judicial de la parte demandante, plenamente identificada en autos y el ciudadano DRAYER JOSÉ SIMOSA ALFONSO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 14.110.052.