CON LUGAR la acción que con motivo de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO, ha incoado la Sociedad Mercantil BANCO MERCANTIL C.A., (BANCO UNIVERSAL) en contra del ciudadano CARLOS ANDRES BLANCO LARA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.653.198 y de este domicilio, en consecuencia de ello:
PRIMERO: Se declara resuelto el contrato de venta con reserva de dominio, celebrado entre la Sociedad Mercantil S&A MOTORSPORTS C.A., y el ciudadano CARLOS ANDRES BLANCO LARA, el cual fue cedido a la Sociedad Mercantil BANCO MERCANTIL C.A., (BANCO UNIVERSAL), presentado por ante la Notaria Publica Trigésima Primera del Municipio Libertador, Distrito Metropolitano de Caracas, 11 de Julio de 2.007, archivado bajo el Nro. 2534, cursante en autos en original del folio 14 al 18 del presente expediente.-
SEGUNDO: Se condena al demandado de autos, ciudadano CARLOS ANDRES BLANCO LARA, supra identificado, a restituir el vehículo signado .....