CUARTA
Dispositiva
Por los razonamientos antes expuestos y de conformidad con lo establecido en el articulo 185-A del Código Civil Venezolano, este Juzgado Tercero de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO 185-A, intentada por los ciudadanos PEDRO JULIAN MALAVE GOMEZ Y LIDIA AMERICA ALMEIDA RUIZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-4.020.799 y V-8.367.923, respectivamente, asistidos por el Abogado en Ejercicio RAFAEL BAUTISTA BAUSA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-8.644.845 inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 101.322, en consecuencia de ello: DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNÍA.-
Publíquese, Regístrese, Diarícese, Déjese Copia debidamente Certificada
Dado, firmado y sellad.....