declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO 185-A, intentada por los ciudadanos REYNA AUXILIADORA ADRIÁN DE URBINA y DOMINGO JOSÉ URBINA SIMOSA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 3.346.033 y 3.699.218, respectivamente, quienes constituyeron como Apoderada Judicial a la Abogada en ejercicio MARTA LÓPEZ DE ADRIÁN, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 15.042, en consecuencia de ello queda: DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNÍA