DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos y de conformidad con lo establecido en los artículos 2, 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; 881 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, 1.133, 1.167 y 1.907 del Código Civil Vigente, este Juzgado Tercero de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la acción que con motivo de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE PRÉSTAMO CON GARANTÍA HIPOTECARIA, ha incoado la ciudadana CRUZ CELINA VIVAS DE JAIMES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-5.672.509 y de este domicilio, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio LUÍS JIMÉNEZ MORALES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 119.928, en contra de la entidad financiera BANCO DE VENEZUELA, S.A., BANCO UNIVERSAL, antes MI CASA ENTIDA.....