V
DISPOSITIVA
Por todos y cada uno de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado de los Municipios Bolívar y Punceres de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le Confiere la Ley, DECLARA: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO 185-A, efectuada por los LUIS MARCELINO ZAPATA CASTAÑEDA y ERVIRA JOSEFINA BELMONTE DE ZAPATA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad Nros V-10.946.363 y V-10.882.111 respectivamente y de este domicilio, EN CONSECUENCIA: SE DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNE, por virtud del Matrimonio Civil contraído en fecha 13 de Febrero del 2001, por ante la Prefectura de la Parroquia San Juan del Municipio Sucre del Estado Sucre, acta asentada bajo el número 01.
Publíquese, Regístrese y Déjese Copia Certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado de los M.....