V
DISPOSITIVA
Por todos y cada uno de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado de los Municipios Bolívar y Punceres de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le Confiere la Ley, DECLARA: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio 185-A efectuada por los ciudadanos WILMER JOSE MORILLO DURAN Y DELIA JOSEFINA MARCANO DE MORILLO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Números: V-8.977.662 y V-4.338.742, respectivamente. EN CONSECUENCIA: Se declara disuelto el vínculo matrimonial que los une, por virtud del Matrimonio Civil contraído en fecha 06 de Julio de 1990, por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Autónomo Bolívar del Estado Monagas.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, DEJESE COPIA CERTIFICADA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado de los Municipios Bolívar y Punceres de.....