DECISION:
Por las anteriores razones de hecho y de derecho, este Juzgado de los Municipios Bolívar y Punceres de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la solicitud de reducción de Pensión de Alimentos presentada por el ciudadano ROMER DALIS ALCANTARA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº 8.445.651, y decide:
PRIMERO: Se mantener como Pensión de alimentos el veinte por ciento (20%), del salario global mensual, los cuales deben ser depositados los cinco primeros días de cada mes en la cuenta de ahorros que este Tribunal ordenará abrir en el Banco de Venezuela, a nombre del menor ROMER ESTIVE ALCANTARA WALDROP, representado por su madre WILIS DAMARIS WALDROP RAMIREZ.
SEGUNDO: Se establece para el mes de agosto de cada año el doble de la cantidad establecida como Pensión, a fin de cubrir gastos de útiles y uniformes esc.....