De la revisión exhaustiva realizada al presente expediente con motivo del juicio de OBLIGACION DE MANUTENCION, presentado por la ciudadana ROSIRY EUSTAQUIA ALBINO DE AVILA, venezolana, mayor de edad, identificada con la cédula N° 14.170.153, contra el ciudadano JUAN CARLOS AVILA SUAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° 14.621.921, este Tribunal pudo evidenciar que la solicitud de la Apoderada Judicial de la parte demandante, Abogado HILDA FRANCIS NAVARRO, plenamente identificada en autos, no era la acorde la cual corre inserta al folio (31) del presente expediente, para solicitar el Cartel de Citación en el mencionado procedimiento siendo procedente lo establecido en el artículo 515 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNA). En consecuencia, este Tribunal REPONE la causa al estado de librar un Único Cartel de Citación, quedando nulas las actuaciones de los folios 32 y 33 del mencionado expediente. Líbrese un nuevo Cart.....