Por todos y cada uno de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado de los Municipios Bolívar y Punceres de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le Confiere la Ley, DECLARA: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO 185-A, efectuada por los ciudadanos CELSO ANTONIO MALAVE y RAFAELA MARGARITA FRANCO PEREIRA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad Nros V- 8.446.327 y 8.448.137, respectivamente,
domiciliados el primero de los mencionados en Miraflores, Municipio Punceres y la segunda en Sabana, Municipio Bolívar del Estado Monagas, respectivamente. EN CONSECUENCIA: SE DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNE, por virtud del Matrimonio Civil contraído por ante la Prefectura del Distrito Bolívar del Estado Monagas, en fecha 27 de Octubre del 1975, según consta de la copia certificada del Acta de Matrimonio núme.....