Por las anteriores razones de hecho y de derecho, este Juzgado de los Municipios Bolívar y Punceres de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando Justicia en nombre de la Repùblica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de FIJACION DE PENSION ALIMENTARIA, presentada por la ciudadana EYAMIR JOSEFINA BALNCO SALCEDO, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de Identidad Nº 7.951.598 y domiciliada en Caripito, Municipio Bolívar del Estado Monagas, a favor de sus hijos YEPSY MARIA, JULIO CESAR, YESORYS ORIANA y GABRIELA ALEJANDRA OJEDA BLANCO, todos domiciliados en Caripito, Municipio Bolívar del Estado Monagas y decide:
PRIMERO: Se establece como Pensión Alimentaria la cantidad equivalente al cuarenta por ciento (40%) del salario total devengado por el demandado, cantidad que debe ser depositado los cinco primeros días de cada mes en la cuenta de ahorros que este Tribunal ordenará abrir en el Banco de Venezuela.....