Por las razones que anteceden este Juzgado del Municipio Caripe de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Declara:
PRIMERO: Improcedente lo solicitado por la ciudadana Eugenia Araque, titular de la Cédula de Identidad N° 4.995.935, por se contrario a derecho, al no tener legitimidad, ni cualidad para representar a la ciudadana Isabel Del Carmen Alhuaca Araque, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-22.700.305.
SEGUNDO: Al extinguirse en fecha 20 de Febrero de 2011, opes legis la obligación de manutención de la ciudadana Isabel Del Carmen Alhuaca Araque, quien en esa fecha cumplió dieciocho (18) años de edad; este Tribunal Modifica los porcentajes establecidos en la sentencia definitiva dictada en la presente causa en fecha 19 de Julio de 2010, la cual quedó definitivamente firme; fijados sobre los derechos laborales del demandado; eliminando el porcentaje de la ciudadana Isabel Del Carmen Alhuaca Araque y quedando solo el porcentaje que cor.....