Por todo lo antes expuesto, de conformidad con el artículo 267 del código de Procedimiento Civil y Jurisprudencias referidas ut supra del Tribunal Supremo de Justicia referidas a la perención éste JUZGADO DEL MUNICIPIO CARIPE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ACTUANDO EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, IMPARTE JUSTICIA Y DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en la solicitud De Consignación De Cánones De Arrendamientos, presentada por el ciudadano GUSTAVO ELÍAS VIVEZ, asistido por el Abogado HILDEMARO DÍAZ TILLERO; en su carácter de arrendatario de un inmueble ubicado en la calle Félix Antonio Calderón, cruce con la Avenida Enrique Chaumer, Edificio Residencias Caripe, Piso 1, Apartamento 1, de Caripe, Municipio Caripe del Estado Monagas; a favor de los ciudadanos MAURO MÁRQUEZ Y JUDITH MEZZANA DE MÁRQUEZ, todos plenamente identificados. A los efectos de que los interesados ejerzan el recurso correspondiente contra la prese.....