Competencia. Los Juzgados Superiores Estadales de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa son competentes para conocer de: "1. Las demandas que se ejerzan contra la República, los estados, los municipios, o algún instituto autónomo, ente público, empresa o cualquier otra forma de asociación en la cual la República, los estados, los municipios u otros de los entes mencionados tengan participación decisiva, si su cuantía no excede, de treinta mil unidades tributarias (30.000 U.T.), cuando su conocimiento no esté atribuido a otro tribunal en razón de su especialidad".
De la norma se desprende que es competente para conocer de las demandas que se propongan contra la República, los Estados, los Municipios, los institutos autónomos y las empresas en las cuales la República ejerza un control definitivo en su dirección o administración, los Juzgados Superiores Estadales de Jurisdicción Contenciosa Administrativa, existiendo en la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, un Tribunal Sup.....