atendiendo a las consideraciones precedentemente expuestas, y conforme a las normas legales citadas, que este tribunal, actuando de oficio, y Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, se declara incompetente para conocer y, en consecuencia, DECLINA su competencia en el Juzgado Superior Quinto Agrario de la Región Nor-Oriental, y Civil y Bienes y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, al cual acuerda remitir los autos una vez que esta decisión quede firme. Notifíquese a las partes a los fines del ejercicio de los recursos que consideren menester y remítase al Juzgado declarado competente una vez que la presente decisión quede firme