En fecha 10 de junio de 2005 fue admitido por medio de auto dictado por este despacho, el acto conciliatorio antes descrito, en el cual las partes llegaron de mutuo y común acuerdo al convenio de que el ciudadano: Carlos Mayo cancelara la cantidad de Cien mil bolívares (100.000,00) semanales con excepción de los meses de septiembre y diciembre, en los cuales la cancelación será por el doble del monto, motivado a los gastos escolares y decembrinos que se generan en estos meses, además de los gastos por medicinas y vestido, por concepto de obligación alimentaría, a favor de sus hijos. Posteriormente en fecha 14 de Junio de 2005 este tribunal dicto auto para mejor proveer, ordenando la realización de un estudio Socio-Económico a los padres de los niños antes identificados, y a tal efecto, se libro oficio a la trabajadora social del Hospital General Tipo I Dra. Elvira Josefina Buena Mesa. Además, se ordeno en dicho auto solicitar a la Defensoria Municipal del Niño y el Adolescente informa.....