De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 12 del Código de Procedimiento Civil y en atención a lo establecido 185 A del Código Civil el Abogado JOSE GREGORIO UZCATEGUI Juez Temporal del Juzgado del Municipio Cedeño de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formuladas por los ciudadanos JOSE FERNANDO ALVAREZ Y ANA KARINA ROMERO MENESES, y en consecuencia se declara DISUELTO el vinculo Matrimonial que los unía. En cuanto a lo relativo a los bienes este Tribunal no tiene materia por lo cual pronunciarse, en virtud de que las partes manifestaron en la solicitud no haber adquirido ningún bien que liquidar. Dado, firmado y sellado en la Sala del Despacho del Juzgado del Municipio Cedeño de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas.