Cumplidas las etapas del proceso y estando el Tribunal dentro del lapso para decidir, el Abogado José Gregorio Uzcategui Juez Temporal del Juzgado del Municipio Cedeño de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas lo hace en base a las siguientes consideraciones: Primera: Que no compareció persona alguna ante el Juzgado para hacer oposición a la pretención de la solicitante. Segunda: Que los recaudos acompañados a la solicitud, son documentos expedidos por Funcionarios públicos, este Tribunal los valora de conformidad con lo establecido en los Artículos 509 del Código de Procedimiento Civil y 1357 del Código Civil. Tercera: Que los testimoniales de los ciudadanos Cruz S. Dominguez y Elizabeth Gonzalez, este Tribunal le otorga todo su valor probatorio y estima que la solicitante logró probar todo lo alegado en su escrito libelar. Por todos estos razonamientos, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo e.....