Escuchados los planteamientos formulados por las partes, se les instó a encontrar una solución pacífica al conflicto, procedida las partes a convenir sobre los hechos, queda establecido en los siguientes términos: PRIMERO: Las partes se comprometen a no agredirse física ni verbalmente ni a agredir a ningún miembro de sus familias en ningún sitio público ni privado, ni utilizar a terceras personas así como tampoco por ningún medio electrónico para tales fines. SEGUNDO: la ciudadana YESENIA ALCALA solicita que el ciudadano JOSE ALBERTO SALAZAR salga de la casa en la cual hacían vida familiar por las constantes agresiones. Este Juzgado le ordena al ciudadano JOSE ALBERTO SALAZAR salir de la residencia común el día de hoy 19-11-2013, autorizándolo a llevar solo sus efectos personales, instrumentos y herramientas de trabajo. Tal como lo establece el Articulo 87 numeral 3 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Por lo antes expuesto y de conformidad .....