El Abogado JOSÈ GREGORIO UZCÀTEGUI S. JUEZ TEMPORAL del Juzgado del Municipio Cedeño del Estado Monagas, en fecha 22 de Septiembre del 2009, Declara: CON LUGAR la demanda. en consecuencia SECONDENA a la parte demandada a cancelar la cantidad de: PRIMERO: Bs. 37.000, por concepto del monto neto de la obligaciòn, SEGUNDO: Bs. 9.250, por costas y costos delproceso, TERCERO: Se declara ILEGAL el Embargo Preventivo practicado sobre las Prestaciones Sociales del Demandado y se revocan todas las actuaciones practicadas en el Juzgado Ejecutor de Medidas.