Por todos los razonamientos y consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado de los Municipios Sotillo, Libertador y Uracoa de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas.- "Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley " acuerda: La HOMOLOGACION del mismo dándole toda la fuerza de ley de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en la demanda incoada por la ciudadana MARÍA CRISTINA PAEZ FLORES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 18.174.690, con domicilio en el sector INAVI 2, calle Seis(06), N° 10 en la población de Temblador del Municipio Libertador, Estado Monagas; actuando en nombre propio y representación de sus menores hijos en contra del ciudadano GREGORY DEL VALLE PALMARES MIRABAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.526.109, en el sector Brisas del Morichal, calle 19 de Abril, .....