En cumplimiento a lo ordenado por el tribunal comitente se declara el amparo a la posesión a favor de los Querellantes CESAR HERNANDEZ y OMAIRA JOSEFINA GARCIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. 3.347.663 y 4.038.427, sobre un inmueble constante de un LOTE DE TERRENO de las parcelas identificadas con el N° 32, la primera, con una superficie aproximada de Ciento ochenta y un metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados (181,89 M2), y la casa sobre ella construida, distinguida con el mismo numero, ubicada en la Avenida José Tadeo Monagas, Vía la pica, sector Las Cocuizas, entre calle 09 y Callejón México, de la Ciudad de Maturín del Estado Monagas, el mencionado inmueble se encuentra alinderado como sigue: NORTE: En (23,52 mts), con pared perimetral de la Urbanización, SUR: (24, 01 mts) con parcela 31, ESTE: En (7,72), con calle principal, OESTE: (7,72 Mts) con pared perimetral de la Urbanización y la segunda parcela marcada con el N° 1, tiene .....