El Tribunal en vista de que la Mediación ha sido positiva según lo estipulado en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley HOMOLOGA el acuerdo presentado, se acuerda expedir por secretaría las copias certificadas y se abstiene de remitir el expediente al Archivo Judicial, hasta tanto se verifique el pago.