MEDIACIÓN POSITIVA que se logra en la PROLONGACIÓN DE LA UDIENCIA PRELIMINAR, en la cual la parte demandada paga en este mimso acto las prestaciones sociales y otros conceptos laborales, por la cantidad de DIEZ MIL NOVECIENTOS SETENTA BOLIVARES CON SIETE CENTIMOS (Bs. 10.970,07). según cheque identificado con el N° 39001512, de la cuenta corriente N° 0157-0041-63-3841420106 del Banco Del Sur.