....DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por el Ciudadano WILLIAM PORTILLO, en contra de la empresa TRANSPORTE Y SERVICIOS ORIENTE SUR C. A. Y SOLIDARIAMENTE A CRUCERO ORIENTE SUR, C. A. SEGUNDO : se condena a la empresa a pagar al demandante la cantidad total de OCHO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y DOS BOLIVARES CON CATORCE CENTIMOS (8592,14Bs.) por concepto de diferencia en el pago de las Prestaciones Sociales y demás indemnizaciones laborales por la terminación de la relación de trabajo indicados en la parte Motiva de la presente decisión, más lo que resulte de la Experticia ordenada en cuanto al pago de Intereses Moratorios y la indexación correspondiente de acuerdo a lo establecido en el articulo 185 de la ley Orgánica Procesal del Trabajo.
SE condena en costas a la parte demandada por haber sido totalmente vencida de conformidad con lo previsto en la Ley Adjetiva Laboral.