DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana MARIA JESUS GONZALEZ, en contra del ciudadano CARLOS TORRES.
SEGUNDO: se condena al ciudadano CARLOS TORRES, pagar al demandante la cantidad de CUATRO MIL SETECIENTOS TRECE BOLIVARES FUERTES CON 86 CENTIMOS (Bs.F. 4.713,86), por los conceptos y cantidades discriminados en la parte motiva del presente fallo. En cuanto a los intereses y la corrección monetaria, este Juzgado dará cumplimiento con el mismo de conformidad con lo establecido en el artículo 185 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Se condena al demandado en costas, por cuanto fue vencido totalmente en el presente juicio.