DECISIÓN
Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo, impartiendo justicia, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE el Recurso de Invalidación de Sentencia, interpuesto por la Entidad de Trabajo DESARROLLO INTEGRALES 8 DE MAYO, C.A. en contra de la sentencia proferida por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas.
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y DÉJESE COPIA.-
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo. En Maturín a los cinco (05) días del mes de agosto del año dos mil quince (2015). Año 205º de la Independencia y 156º de la Federación.
LA JUEZA TEMPORAL,
Abog. JENNIFER GIL LEDEZMA .....