En Virtud de las razones antes expuestas, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano JESUS DANIEL ALVAREZ en contra de la entidad de trabajo L.QUIN SEGURIDAD INTEGRAL, C.A,
SEGUNDO: Se condena a la demandada L.QUIN SEGURIDAD INTEGRAL, C.A,pagar al demandante JESUS DANIEL ALVAREZ la cantidad de OCHO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO BOLIVARES CON CINCUENTA Y SEIS CENTIMOS (Bs. 8.235,56), por los conceptos y cantidades discriminados en la parte motiva del presente fallo. En cuanto a la corrección monetaria y los intereses de mora, este Juzgado dará cumplimiento con el mismo de conformidad con lo establecido en el artículo 185 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.