Vistas las consideraciones anteriores, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: LA INADMISIBILIDAD DE LA DEMANDA, incoada por el ciudadano JOSE GREGORIO JARAMILLO, en contra de la entidad de trabajo CARNICERÍA Y CHARCUTERÍA EL BABO BRAVO, C.A.