DECISIÓN
En virtud de la admisión de los hechos por parte de las Entidades de Trabajo demandadas, encontrándose que la demanda no es contraria a derecho, de conformidad con lo establecido en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por todo lo antes expuesto, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano EDGARDO LEONETT, en consecuencia se condena a pagar al empleador, ciudadano JOSE VELASQUEZ, la cantidad de ONCE MIL TRESCIENTOS VEINTE BOLIVARES CON CINCO CENTIMOS (Bs. 11.320,05).
Se condenan las costas procesales por resultar totalmente vencida la parte demandada.
Se advierte a las partes que el lapso para interponer los recursos pertinentes, comienza a transcurri.....