DISPOSITIVA
Este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, Declara:
Primero: Su Incompetencia Funcional para conocer de la Nulidad interpuesta por la abogada MARIA GABRIELA REINGRUBER inscrita en el Inpreabogado con el N° 98.797, actuando con el carácter de apoderada judicial de la entidad de trabajo SCHLUMBERGER VENEZUELA, S.A, asistida por el abogado CARLOS MARTINEZ ORTA, inscrito en el Inpreabogado con el N°.57.926, contra el Acto Administrativo de fecha 15 de abril de 2009 emanado de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO MONAGAS. Segundo: DECLINA LA COMPETENCIA para conocer de la presente causa en los Juzgado de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, a los fines que la causa continúe su curso de Ley, como consecuencia.....