Por las razones expuestas, este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación, y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda incoada por el ciudadano DIMAS MENESES, contra la empresa demandada, LA CASA DEL LICOR; ambas partes identificadas plenamente en autos SEGUNDO: Se condena a la empresa a pagar al actor la cantidad de CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS BOLIVARES CON SESENTA CENTIMOS (Bs. 474.996,60). (Bs. F = 475,00).