Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, procede a dictar la decisión de la siguiente forma: Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA LA INADMISIBILIDAD DE LA DEMANDA, incoada por la ciudadana LENIMAR DEL VALLE ORENCE, contra la entidad de trabajo COMPONENTES CONSTRUCTIVOS NACIONALES, C.A. Publíquese y Regístrese la presente Decisión en esta misma fecha.