Por lo tanto, revisados como han sido los requerimientos exigidos para la admisión del presente recurso, y como quiera que han sido cumplido los extremos de ley, éste Tribunal ADMITE cuanto ha lugar en derecho la demanda incoada por la ciudadana abogada NATHALY RODRIGUEZ , inscrito en el I.P.SA., bajo el Nro 87.814, actuando en su condición de apoderada judicial de la entidad de trabajo BOHAI DRILLING SERVICES DE VENEZUELA, S.A contra el Acto Administrativo, por Razones de Inconstitucionalidad e legalidad de la Providencia Administrativa Nº 0401-2016 que decide el expediente el expediente N° 044-2015-01-01492 de la nomenclatura interna de la Inspectoría del Trabajo del Estado Monagas, interpuesta por la mencionada entidad de trabajo; y por efecto de la admisión de la demanda interpuesta de conformidad con lo previsto en el artículo 78 de la Ley especial que rige la materia, éste Juzgado ordena la notificación mediante oficio con acuse de recibo de la ciudadana Procuradora General d.....