Visto que el documento transaccional suscrito por la ciudadana ELIZABETH ORTEGA, actuando en su condición de apoderada judicial de la empresa ENVIRONMENTAL SOLUTIONS DE VENEZUELA, C.A. (ESVENCA), así como también por el ciudadano JOSE LEONARDO LAREZ ALBINO, asistido por la abogada en ejercicio SUSANA PRONIO, se observa que cumple con todos los requisitos de Ley, por lo cual éste Tribunal le imparte su aprobación y HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN. Sin embargo, se abstiene de ordenar el archivo del expediente hasta tanto se encuentre firme la presente decisión.