Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Impartiendo Justicia, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: NIEGA ACORDAR LA MEDIDA CAUTELAR solicitada por la entidad de trabajo SERVICIOS HALLIBURTON DE VENEZUELA, S.A., en contra de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE MATURÍN ESTADO MONAGAS, por cuanto no están llenos los extremos de procedencia.