Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Impartiendo Justicia, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadano KERWINS ELOY NAPOLES, en contra de la SOCIEDAD MERCANTIL INGENIEROS CONSULTORES GUAYAMURI, C.A., en consecuencia, se ordena la cancelación de la cantidad de CINCO MIL DOSCIENJTOS TRECE BOLIVARES CON TREINTA Y OCHO CENTIMOS (Bs. 5.213,38). por los conceptos y montos discriminados en la parte motiva de esta sentencia.